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Seguridad


Afirmando Compendio de legislación específica para moto...
Lo que siempre quiso saber y no se atrevió a preguntar o no le supieron constestar...

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PepeFJR
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Registrado: 31 May 2008
Mensajes: 1312
Ubicación: Sector Cantábrico




Estado: Desconectado
MensajePublicado: 20 Nov 2008 12:35 am    Título del mensaje: Compendio de legislación específica para moto... Responder citando

Documentos necesarios del conductor ? Qué hay que llevar encima cuando conduzco la moto?

Aparte de los documentos identificativos del conductor y sus licencias/permisos correspondientes de conducción, es necesario llevar una serie de documentos en la moto que se conduce.

-El permiso de circulación.
-El certificado del pago del seguro de responsabilidad civil como mínimo.
-La tarjeta de inspección técnica (ITV)
-En el caso de los ciclomotores hay que llevar el certificado de características

Todos ellos, deben ser documentos originales y estar en período de validez.

Además el conductor debe llevar encima gafas si las necesita. No son obligatorias gafas de repuesto pero es recomendable llevarlas.


¿Hay que llevar la L de conductor novel si se conduce una moto?

Un conductor novel es aquel que aún no ha cumplido un año con su permiso de conducir. Durante este primer año tendrá obligatoriamente que conducir a menos de 80 km/h y deberá llevar una placa rectangular verde con una "L" en blanco en la parte trasera izquierda de su vehículo.

Si se conduce una motocicleta, bastará con que la "L" sea visible detrás.

Aclaro más, porque más de uno estará pensando que en una moto no haría falta. Por ello, transcribo lo que dice la ley al respecto:

"Por excepción, en las motocicletas, vehículos para personas de movilidad reducida y vehículos de tres ruedas, será suficiente que la señal vaya colocada en sitio visible de la parte posterior."

¿Que pasa si me pillan con una moto con más caballos de los que me permite mi carné de conducir?

Si te pillan con una moto de más potencia, por ejemplo si solo puedes llevar motos hasta 34CV, se te aplicará el mismo tratamiento que si estuvieras conduciendo sin carné. La multa puede llegar a ser hasta de 1.500 euros, pero lo que se viene aplicando es de unos 300 euros.

A esto tienes que sumarle el agravante de que si tienes un accidente, el seguro no se hará cargo y todos los daños ocasionados en el mismo los tendrás que pagar tú...

¿Puedo circular sin matrícula en la moto?

Circular sin matrícula es un delito, si se te pierde o te la roban, debes de poner una denuncia de forma inmediata. Con tu carnet de conducir y la denuncia en cualquier tienda especializada te venderán una de sustitución.

¿Tengo que llevar luces de recambio y chaleco reflectante?

Teóricamente sí, es obligatorio llevar tanto las luces de repuesto como el chaleco, y en esto tener cuidado, hay mucha desinformación al respecto. Tambien hay que llevar la herramienta indispensable para poder cambiar las luces. Pero normalmente hacen la vista gorda (sobre todo con los vehículos modernos). Creo que están revisando esta norma obsoleta...

Tengo un hijo ¿Puedo llevar a un menor de edad en la moto como "paquete"?

Los mayores de 7 años pueden ir en moto, siempre y cuando vayan acompañados de su padre, madre o tutor, que lleven un casco homologado y que su estatura le permita llegar a los reposapies.

¿Puedo llevar un interfono para hablar con mi "paquete"?

Ya lo hemos discutido en este foro. La ley es ambigua, pero lo que se puede leer, o mejor dicho interpretar, es que está terminantemente prohibido los dispositivos acoplados a las orejas (pinganillos o cascos), teléfonos móviles, etc. Supongo que al objeto de no distraerte u obligarte a liberar del volante alguna mano. Por tanto los interfonos, en principio, estarían prohibidos en las motos, pero por lo que he podido leer, suelen hacer la vista gorda.

¿Puedo ir a la cárcel por alguna infracción?

Así es, la conducción temeraria, llevar unas copas de más o ir drogado son causas de cárcel. Tambien lo es circular sin seguro u omitir el auxilio en un accidente.

Y ojo con las copitas de más, pues te puedes ver incriminado por delito y con antecedentes penales por culpa de una noche de desfase si te pilla un control rutinario en la moto... Desde aquí aconsejaría que si vas a salir de copas nunca lo hagas en moto. Quítate el mono de ésta con una madrugadora y refrescante salida dominguera...
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JEROGA
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JEROGA

Registrado: 09 Jun 2008
Mensajes: 1060
Ubicación: Sector Cantábrico




Estado: Desconectado
MensajePublicado: 20 Nov 2008 4:33 pm     Responder citando

Muy buen resumen Pepe Guiño
Cuando sepa la multa por llevar casco con Bluetooth te lo digo Malo Malo
_________________
Id con cuidado!!
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PepeFJR
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Registrado: 31 May 2008
Mensajes: 1312
Ubicación: Sector Cantábrico




Estado: Desconectado
MensajePublicado: 20 Nov 2008 4:36 pm     Responder citando

Ok Carcajada gracias Guiño. Que conste que yo, en principio, aunque pretendo seguir usándolos recomiendo "oficialmente" no hacerlo A ver que pasa...
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