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Luz Xenon ¿legal?

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Autor Mensaje
Seven
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Seven

Registrado: 05 Jun 2008
Mensajes: 1969
Ubicación: Sector Cantábrico






Estado: Desconectado
MensajePublicado: 07 Jun 2009 9:32 am     Responder citando

Gracias Zuku. No es que sea un salvoconducto, pero es un alivio ller eso.

Ráfagas.
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zuku
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zuku

Registrado: 06 Dec 2008
Mensajes: 520
Ubicación: SECTOR CANTABRICO




Estado: Desconectado
MensajePublicado: 07 Jun 2009 3:34 pm     Responder citando

Seven escribió:
Gracias Zuku. No es que sea un salvoconducto, pero es un alivio ller eso.

Ráfagas.


Te pongo otro ejemplo mas claro .

Te compras una Custom, vas a Eiranova y le dices montame los faros auxiliares, llevas 3 luces que pasa, pues absolutamente nada se consideran auxiliares. Incluso sueles pasar la ITV sin problemas, en cambio solo estan homologados para llevar esos faros auxiliares algunos modelos como las HD Electra Guide , Road King, etc .

Te multan? Sinceramente no siempre que no deslumbren .

Otro ejemplo los camiones que llevan un montón de faros de largo alcance en el techo, ¿qué pasa? pues nada, son auxiliares solo los pueden poner en luz de carretera sin deslumbrar para su propia seguridad .

El alumbrado auxiliar sea o no legal o este homologado o no , no tiene nada que ver con el alumbrado principal en este caso el Xenon ese cutre que te venden como tal .

Un saludo
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MC OS BRAVUS
PEÑA MOTERA MATEO FERROL


KYMCO GRAND DINK 125 (NOV 06/FEB 07)
SUZUKI BURGMAN 400K7 (FEB 07/MAY 09)
HONDA DEAUVILLE 700 ABS (FEB 09/ ???)
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Seven
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Seven

Registrado: 05 Jun 2008
Mensajes: 1969
Ubicación: Sector Cantábrico






Estado: Desconectado
MensajePublicado: 07 Jun 2009 5:50 pm     Responder citando

Luego entonces estaré dentro de la legalidad, ya que mi intención es que sean auxiliares, funcionando con independencia del resto de luces.


¿No?.
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juanmtz
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juanmtz

Registrado: 05 Apr 2009
Mensajes: 52
Ubicación: Sector Cantábrico, Ferrol y Ares




Estado: Desconectado
MensajePublicado: 07 Jun 2009 6:49 pm     Responder citando

Pero en las motos Custom, los faros auxiliares, solo son legales los faros antiniebla, y debidamente homologados, el resto nunca se pueden llevar tres luces delanteras encendidas, bien llevas una o dos, depende de la moto, cuando pasamos la ITV, los faros auxiliares tenemos que decir que los llevamos de adorno, a veces no te dicen nada, otras veces te los mandan sacar como te vean algún tipo de cable que va hacia ellos, pues depende del tío de turno, yo les tengo una instalación independiente que funcionan cuando yo quiero, y si me los mandan sacar, simplemente saco un cable y dos tornillos y delante del tío ya se los saco.
Pero lo que si es fijo, que nunca se pueden llevar tres luces delanteras encendidas, salvo que las auxiliares sean antiniebla homologadas y llevar la moto a la ITV para darlos de alta, estilo bola de remolque, salvo las motos que ya vienen de serie con ellos, pero son siempre antiniebla.
Os pongo un archivo con la reglamentación del alumbrado para motos.
Un saludo y Vsssssssssssssssss.
Reglamentación
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Juan Martínez Rey
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Seven
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Seven

Registrado: 05 Jun 2008
Mensajes: 1969
Ubicación: Sector Cantábrico






Estado: Desconectado
MensajePublicado: 07 Jun 2009 7:11 pm     Responder citando

Gracias Juan!. Ahora lo tengo claro: son legales, puesto que son dos faros antiniebla, de esos elipsoidales que estuvieron tan de moda hace un tiempo, pequeños, y que he colocado simétricamente respecto a la línea de crujía, je, je, de manera que lo único que podría decirme la GCT es que los llevo encendidos sin que haya niebla, si es que lo hago.

Ráfagas.
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